Fuente: ANAC Brasil
- La medida se mantendrá hasta que la empresa acredite el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, reubicación y información al pasajero, entre otras obligaciones que prevé la ley correspondiente
La Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) prohibió, a través de la emisión de una medida cautelar, que Itapemirim Transportes Aéreos reanude la venta de pasajes aéreos. La decisión permanecerá vigente mientras la empresa no demuestre el cumplimiento de acciones correctivas como el realojo de pasajeros, devolución total del boleto aéreo a los consumidores que optaron por esta alternativa y respuesta a los pasajeros sobre todas las quejas registradas en el Consumidor. plataforma gov.br (haga clic en el enlace para acceder), que incluye que el período de 10 días para dar respuesta, ha sido incumplido por la empresa.
La nueva decisión de la Agencia se suma a la suspensión del Certificado de Operador Aéreo (COA) y la prohibición de vender pasajes, adoptada por la ANAC el 17 de diciembre, fecha en que Itapemirim anunció la interrupción de sus operaciones. La nueva medida cautelar aplicada a la empresa se deriva de las acciones de inspección colectiva permanentemente realizadas por la ANAC y sólo será revocada previa prueba del pleno cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Resolución ANAC N° 400/2016 (haga clic en el enlace para acceder).
En relación al realojo de pasajeros afectados por la interrupción abrupta de las operaciones de Itapemirim, la empresa deberá acreditar la oferta de alternativas de realojo en vuelos de otras compañías, la ejecución del servicio por otro medio de transporte o el reembolso íntegro del servicio contratado, a elección del consumidor. La empresa también deberá acreditar la realización de cualquier otro tipo de devolución adeudada al consumidor, como consecuencia del incumplimiento contractual verificado desde el inicio de la comercialización de los billetes de avión.
Con relación a los reclamos de los consumidores que hayan sido registrados o que puedan estar aún registrados en la plataforma Consumidor.gov.br , Itapemirim deberá probar la respuesta a los usuarios, en el plazo de 10 días a partir de la fecha de registro de cada reclamo. La aerolínea también deberá utilizar los medios de comunicación disponibles y los datos de contacto proporcionados por los consumidores, para responder a las quejas que no hayan sido respondidas en el plazo de 10 días en la referida plataforma.