Fuente: ANAC Brasil

  • Con la reducción de 342 a solo 25 eventos desencadenantes en la tabla TFAC, los operadores de aerolíneas son uno de los segmentos que registraron ganancias importantes

La reducción de la burocracia y la modernización de la aviación civil brasileña tiene en la nueva tabla de la Tasa de Inspección de Aviación Civil (sigla en portugués TFAC) un ejemplo real de las mejoras que el Programa Vuelo Simple está trayendo al sector aéreo. La reformulación de la tabla TFAC impulsada por la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) habla por sí sola.

Con la reducción de 342 a solo 25 eventos desencadenantes en la tabla TFAC, los operadores de aerolíneas, es uno de los segmentos que registraron ganancias importantes. En lugar de las 23 tarifas que se cobraban anteriormente en diferentes momentos durante el proceso de emisión de un certificado de operador aéreo regular, ahora se cobra una sola TFAC. Asimismo, una empresa interesada en certificarse como taxi aéreo, que estaba sujeta a hasta 18 TFAC, ahora también debe cobrar solo la tarifa única.

En vigencia desde el 31 de marzo pasado, la Resolución nº 653/2021 (haga clic en el enlace para acceder) reemplazó la norma anterior, que preveía diferentes TFAC a lo largo del proceso de certificación, creando seis niveles de recaudación establecidos de acuerdo con la complejidad de la Normativa Brasileña de Derecho Civil Aviación (RBAC), que era requerida.

Vea cómo quedaron las tarifas de emisión de certificados de operador aéreo en la siguiente tabla:

Código Descripción factor de complejidad Valor C1 (En BRL) Valor C2 (En BRL) Valor C3 (En BRL) Valor C4 (En BRL) Valor C5 (En BRL) Valor C6

(en BRL)

10 Emisión de certificado
de operador aéreo
Complejidad de la operación prevista

3,000.00

6,000.00

9,000.00

15,000.00

21,000.00

30,000.00

C1 – Asegúrese de operar SAE 
C2 – Asegúrese de operar SAE – RBAC 133   
C3 – Asegúrese de operar SAE – RBAC 136   
C4 – Asegúrese de operar servicios de aire público de acuerdo con RBAC 135     
C5 – Asegúrese de explorar aire público servicios de acuerdo con RBAC 121 – Operación de carga    
C6 – Asegúrese de operar servicios aéreos públicos de acuerdo con RBAC 121 – Operación de transporte de pasajeros

¿Cómo era antes?

Previo a la modificación de la tabla TFAC, existía un cargo específico por el análisis de cada documento presentado en un proceso de certificación, así como por cada inspección necesaria. La racionalización fue posible gracias a  la Medida Provisional nº 1.089, de 29 de diciembre de 2021  (haga clic en el enlace para acceder), que simplificó la recaudación de TFAC prevista en el Código Aeronáutico Brasileño (CBA).

También se han simplificado los cambios en las especificaciones operativas (EO) y la revisión de otros documentos relacionados con la certificación. Una vez obtenido el certificado, cada vez que necesitaba realizar un cambio en su EO, el operador aéreo debía pagar dos tarifas básicas además de las tarifas específicas por cada cambio solicitado. Con la Resolución N° 653 se aplicará una tarifa única, prevista únicamente para los casos en que se considere relevante el cambio.

A continuación se muestra la tabla de valores fijos para cambios de EO:

Código Descripción factor de complejidad Valor C1 (En BRL) Valor C2 (En BRL) Valor C3 (En BRL) Valor C4 (En BRL) Valor C5 (En BRL) Valor C6

(en BRL)

11 Cambio relevante de las especificaciones de funcionamiento Complejidad de la operación prevista

200.00

400.00

1,000.00

3,000.00

10,000.00

15,000.00

C1 – Modificación de las Especificaciones de Funcionamiento – SAE
C2 – Modificación de las Especificaciones de Funcionamiento – SAE – RBAC 133 
C3 – Modificación de las Especificaciones de Funcionamiento – SAE – RBAC 136 
C4 – Modificación de las Especificaciones de Funcionamiento – RBAC 135          
C5 – Modificación de las Especificaciones de Funcionamiento – RBAC 121 – sin inspecciones y demostraciones             
C6 – Modificación de Especificaciones Operativas – RBAC 121 – con inspecciones y demostraciones

Los operadores aéreos también tendrán menos gasto en Autorizaciones Especiales de Vuelo (AEV). Antes de la regla, hubo 11 casos en los que se cobró AEV. Con la entrada en vigencia de la Resolución N° 653, sólo se deben AEV para vuelos de transferencia y operación de aeronaves equipadas con motores convencionales que utilicen etanol.

ANAC ha puesto a disposición en su portal una página con todos los TFAC aplicables a los operadores aéreos (haga clic en el enlace para acceder). El sitio web informa los casos aplicables, los costos y el plazo de pago.

El cambio en el TFAC es otra acción del Programa Vuelo Simple del Gobierno Federal, destinado a simplificar y modernizar la aviación civil brasileña. El objetivo es promover un ambiente regulatorio eficiente, dinámico y competitivo, promoviendo el desarrollo de la aviación civil brasileña.