Fuente: ANAC Brasil

  • Definición de nuevas restricciones discutida con la Agencia Nacional de Aviación Civil
La Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) aprobó, con el apoyo de la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC), requisitos operativos para el uso de la banda de frecuencias entre 3.300 MHz y 3.700 MHz para la coexistencia armónica entre sistemas de banda C 5G y radioaltímetros. Estos requisitos fueron objeto de consulta pública, en el ámbito de Anatel, con amplia discusión con la ANAC.

Considerando la sensibilidad relacionada con el problema, a nivel mundial y frente al hecho de que los radioaltímetros operan en el Servicio de Radionavegación Aeronáutica, clasificado como Servicio de Seguridad porque involucran la salvaguarda de la vida humana, se establecieron nuevas restricciones de manera preventiva.

Bajo el principio de cautela, Anatel consideró razonable cumplir con las recomendaciones discutidas con la ANAC y, en ese sentido, se agregó un artículo con limitaciones a la potencia de transmisión de la señal 5G en áreas cercanas a ciertos aeropuertos, tal como se especifica en la Ley No. 9.064/2022, publicado por Anatel .

También se evaluaron otros cambios sugeridos en el ámbito de la consulta pública y se fijó un plazo para la revisión de la ley, hasta el 31 de diciembre de 2022, considerando la evolución de los estudios y doctrinas a nivel nacional e internacional.