Fuente: ANAC Brasil

Los productos certificados – aeronaves, motores, hélices y artículos – pueden obtener de la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) una aprobación de aeronavegabilidad para exportación, según lo establecido en el Reglamento Brasileño de Aviación Civil (RBAC) 21 (haga clic en el enlace para acceder). Dicha aprobación se emite en forma de Certificado de aeronavegabilidad para exportación a una aeronave y en forma de Certificado de aptitud autorizada para un motor, hélice o artículo de aeronave.

El interesado deberá presentar una solicitud formal de Aprobación de Aeronavegabilidad para la Exportación prevista a través del Sistema de Información Electrónica (SEI). También debe indicar la ubicación y la fecha en que el producto estará disponible para su inspección. La solicitud deberá informar, si el propietario u operador así lo decide, si se utilizarán los servicios de algún Profesional Acreditado en Aeronavegabilidad (PCA) calificado para la actividad de Exportación de Productos Aeronáuticos. En caso afirmativo, deberá indicarse en el documento el nombre del PCA contratado. Para ayudar, ANAC proporciona una lista de PCA (haga clic en el enlace para acceder). La información sobre los procesos de exportación y la solicitud de certificación está disponible enIS No. 21-008 – Aprobación de aeronavegabilidad de exportación (haga clic en el enlace para acceder).

Las instrucciones para completar la solicitud están contenidas en el formulario mismo (haga clic en el enlace para acceder). Debe ser completado y actualizado con los datos del producto a inspeccionar, incluyendo declarar en el campo de observaciones el Certificado Tipo Suplementario (CST) incorporado, las instalaciones temporales para el vuelo de transferencia y los datos requeridos por los requisitos o requisitos del país importador. . Si el solicitante no es el propietario u operador del producto, deberá presentar un poder que le permita firmar y presentar la solicitud a ANAC.

Para un proceso de exportación destinado a países con los que Brasil no tiene un Acuerdo Internacional que contemple la aceptación mutua de Aprobaciones de Aeronavegabilidad de Exportación, también se debe presentar una declaración escrita de la autoridad del país importador, aceptando la Aprobación de Aeronavegabilidad de Exportación. Para saber cuáles tienen convenio, ANAC tiene una lista de convenios en el portal. Las tarifas de la Autoridad de Aviación Civil (TFAC) – Inspección y Certificado – también se pueden obtener en el sitio web de la Agencia (haga clic en los enlaces para acceder). Para obtener más información, contáctenos por correo electrónico inspecao@anac.gov.br