Fuente: ANAC Brasil
- Las actualizaciones que tienen como objetivo aliviar el sector son efectivas de inmediato. Los cambios que requieren la adaptación del aeropuerto entrarán en vigor en 12 meses.
El Directorio de la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó este miércoles (3/11) actualizaciones al Reglamento Brasileño de Aviación Civil (RBAC) No. 107, titulado “Seguridad de la Aviación Civil contra Actos de Interferencia Ilícita – Operador de Aeródromo”, adaptando el Norma brasileña a las acciones correctivas propuestas en 2019 por el Programa Universal de Auditoría de Seguridad – Enfoque de Monitoreo Continuo – USAP-CMA), de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Las propuestas de revisión que tienen como objetivo relevar al sector y facilitar el entendimiento de la regulación serán efectivas de manera inmediata, a partir de la publicación de los cambios en el Boletín Oficial., En particular la revisión de procedimientos y la disponibilidad de infraestructura y equipamiento en los canales de inspección. , habrá un plazo de 12 meses para adaptarse y cumplir con la normativa.
El proyecto contó con la producción conjunta de propuestas de RBAC nº 107 e Instrucción Complementaria (IS) nº 107-001, contribuyendo a una regulación más alineada y proporcional entre los requisitos (RBAC) y su forma de aplicación (instrucción complementaria).
Los cambios promovidos en RBAC 107 antes del Programa USAP buscaban abordar dos temas:
• Flujos de acceso e inspección de seguridad de bienes e insumos en Áreas Restringidas de Seguridad Aeroportuaria (ARS): el proyecto modifica RBAC 107 (así como IS 107-001), creando especificaciones mínimas sobre canales de inspección de acceso exclusivo de bienes y suministros aeroportuarios, una solución en general adoptado por los grandes aeropuertos.
• Relación entre carga aérea conocida y desconocida con la zonificación de áreas aeroportuarias en el flujo de carga: RBAC 107 continúa permitiendo que la inspección de carga aérea se lleve a cabo dentro de un ARS, sin embargo, innova al asignar la responsabilidad de la seguridad de la carga al aeródromo operador durante el viaje entre el límite ARS y el sitio de inspección. La medida incentiva a los aeropuertos a definir mejores flujos de carga en las terminales de carga, desde la perspectiva de seguridad y facilitación, sin prohibir ciertas soluciones que pueden ser ideales para pequeñas operaciones o carga con características específicas.
Con respecto a IS 107-001, los procedimientos relacionados con:
• Inspección de vehículos en acceso a Áreas Restringidas de Seguridad (ARS);
• Control de flujo en inspección de personas;
• Inspección de equipaje facturado de gran tamaño (no estándar).
También es de destacar que el proyecto también consultó la base de datos de la Agencia de sugerencias para la mejora regulatoria en 2020 y, a través del estudio, se identificaron otros cambios a la normativa. Entre estas mejoras destacan las siguientes:
• Fin del requisito de que todos los horarios de las reuniones de la Comisión de Seguridad Aeroportuaria (CSA) sean remitidos por los explotadores de aeródromos a ANAC;
• Flexibilidad con respecto a la elección de escenarios de amenazas en el Plan de contingencia que deben ejercer los explotadores de aeródromos;
• Reducir la burocracia con respecto a la revisión y presentación del Programa de Seguridad Aeroportuaria (PSA) a ANAC;
• Adequação dos termos do RBAC previstos para realização de auditorias e inspeções no sistema de credenciamento e autorização (parágrafo 107.95(f) do RBAC 107), com o objetivo de não haver conflito nas previsões do sistema de controle de qualidade AVSEC (subparte f do RBAC 107).
En cuanto a la forma de presentación del APS a ANAC, a partir de la entrada en vigor de la nueva reglamentación (RBAC 107 e IS 107-001), el explotador de aeródromo ya no necesitará presentar todos sus APS a la Agencia para fines de aprobación. , pero únicamente el Formulario de Datos AVSEC de Aeródromo y las partes en las que se pretende realizar el cambio de acuerdo con los procedimientos presentes en la IS 107-001. El formulario de datos AVSEC de aeródromo es parte del PSA del aeropuerto que describe información específica, como la categoría del aeropuerto; vuelos en funcionamiento; información sobre la zonificación de seguridad y clasificación de áreas, entre otros.
Con los cambios producidos en RBAC 107 e IS 107-001, hay ganancias no solo en seguridad y facilitación, sino también reducción de burocracia, así como mayor flexibilidad para los operadores en la formalización de procesos en ANAC.