Fuente: ANAC Brasil

  • Normas publicadas informan cómo operar en aeródromos que no cuentan con información meteorológica
El 30 de agosto se publicó la 12ª modificación del Reglamento Brasileño de Aviación Civil (RBAC) nº 135 (haga clic en el enlace para acceder). La revisión trae las reglas para la operación en aeródromos que no cuentan con un servicio de información meteorológica. El cambio forma parte de las medidas impulsadas por la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) dentro del Programa Vuelo Simple, creado para simplificar y modernizar la regulación del sector.

Durante la elaboración del Vuelo Simple, se realizaron entrevistas con representantes del mercado, identificándose la necesidad de establecer reglas de operación para los operadores regidos por el RBAC nº135, en ausencia de información meteorológica.

La propuesta de la Agencia buscaba explicar los requisitos y garantizar la seguridad durante estas operaciones. En este sentido, se incluyeron reglas de selección de aeródromo de destino alternativo, que es donde el comandante puede aterrizar cuando verifica que no existen condiciones de aterrizaje en el destino original. Las reglas de suministro de combustible también se han ajustado a los nuevos parámetros.

La Enmienda No.12 entrará en vigencia el 3 de octubre y los operadores tienen hasta el 2 de enero de 2023 para cumplir con lo estipulado. Se espera que se publiquen dos Instrucciones Suplementarias (SI) que aclararán y brindarán orientación sobre las reglas para seleccionar aeródromos de destino alternativos, para el suministro de combustible y aceite lubricante, y para las condiciones climáticas. Estos IS también tratarán sobre el uso de medios alternativos para el cálculo de la performance, procedimiento necesario en caso de que el aeródromo no cuente con información meteorológica.

Las nuevas reglas aprobadas fueron sometidas a consulta pública por un período de 45 días en el primer semestre de este año, entre el 14 de marzo y el 28 de abril de 2022.