Fuente: ANAC Brasil

  • Independientemente de la compañía que opere el vuelo, el descuento debe ser garantizado por la empresa que emitió el boleto
Una resolución de la ANAC le asigna la responsabilidad de emitir un boleto con descuento a favor del acompañante del pasajero en necesidad de asistencia especial (PNAE), al transportista contractual.

Esta responsabilidad sigue siendo del transportista contractual, incluso si dos o más operadores aéreos son responsables de la ejecución del contrato de transporte, lo que puede ocurrir en las operaciones de código compartido. En términos prácticos, el código compartido ocurre cuando el pasajero compra un boleto con una aerolínea, pero el vuelo es operado por otra. El objetivo de las operaciones compartidas es permitir un mayor ahorro y eficiencia a las aerolíneas, evitando que sus aviones despeguen con asientos desocupados y aumentando su oferta de destinos, plazas y horarios.

Según el entendimiento técnico de la Agencia, incluso en los casos de operaciones compartidas, la responsabilidad de otorgar el descuento recae en la empresa que emitió el boleto, aunque no sea responsable de la operación del vuelo en sí.

Las aerolíneas con operaciones en Brasil ya fueron notificadas por la ANAC para que tuvieran amplio conocimiento de esta reglamentación.

Para entender el descuento para el acompañante del PNAE

La Resolución ANAC N° 280/2013 establece que los PNAE con discapacidad o movilidad reducida deberán estar acompañados siempre que (i) viajen en camilla o incubadora; (ii) debido a cualquier impedimento de naturaleza mental o intelectual, como no poder comprender las instrucciones de seguridad de vuelo; o (ii) si no puede satisfacer sus necesidades fisiológicas sin ayuda.

En estos casos, la línea aérea deberá proporcionar un acompañante al pasajero del PNAE sin cargo adicional o exigir la presencia del acompañante elegido por el PNAE. El boleto del acompañante debe tener un descuento de al menos el 80% en relación al valor del boleto aéreo adquirido por PNAE.

Con esta medida, la ANAC busca proteger la autonomía del PNAE y la accesibilidad, sin que la exigencia de un acompañante por parte del operador aéreo sea un obstáculo para la realización del viaje.

Qué hacer en caso de un problema con la prestación del servicio

Primero, el pasajero debe buscar una solución al problema a través de los canales de atención de la aerolínea. Si el problema no es resuelto por la empresa en este primer contacto, el pasajero debe presentar una denuncia en la plataforma Consumidor.gov.br

Consumidor.gov.br es una plataforma oficial del Gobierno Federal para la resolución rápida de conflictos de consumo, gratuita y accesible para todos en internet. Todas las líneas aéreas brasileñas y extranjeras que prestan transporte aéreo regular de pasajeros en Brasil están obligadas a responder a las quejas de los consumidores planteadas en la plataforma mencionada, en un plazo de hasta 10 días. Los consumidores pueden monitorear el manejo de su reclamo, evaluar la solución al problema y su satisfacción con el servicio.

Para conocer los Derechos y Deberes del Pasajero, basta con acceder a la dirección electrónica: https://www.gov.br/anac/passageiros.