Fuente: DGAC de Ecuador

La Dirección General de Aviación Civil (DGAC), el 5 de mayo de 2025 inició con el registró de aeronaves no tripuladas UAS con el objetivo de regularizar su uso en el Ecuador, especialmente estableciendo límites, responsabilidades, deberes y condiciones como lo exige la norma nacional e internacional. En el periodo comprendido entre el 5 de mayo al 6 de junio, se registraron 467 autorizaciones de aeronaves no tripuladas. Las provincias que registraron el mayor número de aeronaves son: Pichincha con 161, seguido de Guayas con 102, Azuay con 40, Manabí 28, Tungurahua 18, Chimborazo 17 y Morona Santiago 11. En el resto de provincias se ingresaron solicitudes que van de 1 a 10 pedidos.
Dentro del registro de aeronaves no tripuladas, la mayoría de los usuarios lo utilizan para recreación (133), creación de contenido (77), uso privado (58), cartografía, levantamiento 3D, mapeo terreno (45), entidades públicas (30), fotografía (29), fumigación (23) y otras actividades.
El trámite para el registro de las aeronaves no tripuladas se lo realiza en línea, no tiene costo y dura entre 2 y 3 semanas debido a la alta demanda de solicitudes que ingresan a la autoridad aeronáutica.
¿Cómo es el trámite de registro?
Para registrar un UAS se debe ingresar a la página web de la DGAC www.aviacioncivil.gob.ec en el ícono “aeronaves no tripuladas “Registro de Drones Registro UAS.
Al ser un usuario nuevo debe crear una cuenta y completar las 3 secciones:
1) Datos del operador – propietario UAS:
• Tipo de identificación
• Número de identificación
• Teléfono
• Dirección
• Representante legal
• Cuidad
• Adjuntar documento
• Observación
2) Información del dron (UAS):
• Finalidad uso UAS
• Especificar tipo de actividad
• Marca (fabricante)
• Modelo
• Número serie
• Peso (MTOW)
• Fotografía: se debe ingresar tres fotografías de la aeronave no tripulada – UAS (superior, frente y costado) en formato GIF, JPNG Y PNG, con un tamaño máximo de 2 Mb y un nombre máximo de 100 caracteres.
• Observación dron
3) Adjuntos del dron
• Factura
• Otros documentos de relevancia.
Finalizado el ingreso de la información, se debe guardar toda la información y enviarla.
Una vez ingresada la solicitud la información es verificada por la Oficina de Coordinación UAS y luego pasa a la Gestión de Registro Aeronáutico en donde el personal del área verifica la Autorización de la Coordinación UAS y procede al registro de la aeronave no tripulada y emite el documento de registro al solicitante.
Para la facilidad de los usuarios, este puede visualizar el registro del trámite y el estado en el que este se encuentra, además de la fecha de solicitud y datos relevantes.