Fuente: Ministerio de Transporte – Colombia

  • En noviembre de 2020, la Superintendencia de Transporte emitió varias órdenes a la sociedad ABC Aerolíneas S.A. de C.V. – INTERJET, que incluían emitir y difundir un comunicado de prensa que indicara a los usuarios los canales y horarios de los que dispone la aerolínea para recibir y atender, de manera oportuna, las peticiones, quejas y reclamos presentados por los usuarios; aclarar sí se encuentra en proceso de cancelación del permiso de operación ante la autoridad aeronáutica, y presentar e implementar un plan de atención a usuarios, entre otras.
  • Tras realizar la respectiva verificación del acatamiento de las órdenes impartidas, la entidad pudo establecer que Interjet no cumplió con lo dispuesto en la normatividad mencionada, y por lo tanto se impuso una sanción de $219.450.750, correspondientes a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta decisión cuenta con recurso de reposición y apelación, respectivamente. La aerolínea cuenta con un nuevo plazo de 15 días hábiles para el cumplimiento de las órdenes impartidas por la SuperTransporte, que de no ser acatadas podrán acarrear una nueva sanción.
  • Así mismo, desde 2020 la Superintendencia de Transporte adelanta específicas actividades de supervisión subjetiva y se inició una actuación que puede terminar en el sometimiento a control de la sucursal en Colombia de la sociedad extranjera ABC Aerolíneas S.A. de C.V. – INTERJET.

Bogotá D.C., 28 de enero de 2021. (@SuperTransporte). La Superintendencia de Transporte impone una multa de $219.450.750 a la sociedad ABC Aerolíneas S.A. de C.V. (Interjet), por no acatar las órdenes impartidas mediante Resolución No 9755 de noviembre de 2020. Estas órdenes buscaban validar la protección de los derechos de los consumidores y velar por la continua prestación del servicio de transporte aéreo por parte de esta aerolínea.

La entidad emitió esas órdenes luego de recibir 64 denuncias de ciudadanos indicando la dificultad de contactar con la sociedad para indagar sobre sus vuelos, cambios de itinerario, información sobre reembolsos y situaciones en general. Luego, vencido el término otorgado para el acatamiento de cada una de las medidas, y previa solicitud de explicaciones a la aerolínea, lo cual tampoco fue atendido, la SuperTransporte procedió a imponer una multa ante su renuencia en el cumplimiento de la medida administrativa.

“Desde la Superintendencia de Transporte estamos oyendo permanentemente a los usuarios de los distintos modos de transporte, y emitiremos las órdenes y requerimientos que haga falta para asegurar el cumplimiento de los derechos de los usuarios. Por eso, en casos en donde se emiten órdenes administrativas que no se realizan, acudimos a medidas más drásticas, buscando que las compañías presten un servicio idóneo y de calidad, acorde a lo que esperan y necesitan los colombianos”, manifestó el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.
Así fue el proceso

En noviembre de 2020, la Superintendencia de Transporte impartió una serie de órdenes a la sociedad ABC Aerolíneas S.A. de C.V. (Interjet) mediante la resolución No 9755, luego de recibir una serie de denuncias de usuarios sobre problemas accediendo a información de vuelos, cambios de itinerarios y reembolsos, entre otros. Estas órdenes consistían en:

  1. Emitir y difundir un comunicado de prensa en donde indique a los usuarios los canales y horarios de los que dispone la aerolínea para para recibir y atender de manera oportuna las peticiones, quejas y reclamos presentados por los usuarios;
  2. Presentar e implementar un plan de atención a usuarios
  3. Allegar a la Superintendencia el Sistema de Atención a Usuarios con el que cuenta en los aeropuertos donde opera en Colombia.

No obstante, vencido el término otorgado para el acatamiento de cada una de las medidas, y previa solicitud de explicaciones a la aerolínea, en donde se indagó sobre los motivos de su rebeldía y que tampoco fue atendido; se procedió a imponerle una multa ante su renuencia en el cumplimiento de la medida administrativa.

Esto no implica que la aerolínea se haya relevado del cumplimiento de la medida administrativa, por lo que se le concedió el término de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación del acto administrativo que la sancionó, para que acredite el cumplimiento de lo ordenado, so pena de hacerse acreedor a la imposición de otra multa por su renuencia.

En caso de que la aerolínea incumpla el nuevo plazo otorgado por la SuperTransporte, podría hacerse acreedora de una nueva multa hasta por 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Contra la decisión de multa impuesta a la aerolínea proceden los recursos de reposición y apelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.
Sometimiento a control

En ejercicio de sus competencias de supervisión subjetiva, la Superintendencia de Transporte viene recaudando elementos probatorios y adelantando diferentes actividades que pueden dar como resultado la orden de sometimiento a control de la sucursal en Colombia de la sociedad extranjera ABC Aerolíneas S.A. de C.V. – INTERJET, escenario en el cual se limitaría la enajenación o venta de sus bienes, se podrían promover planes de mejoramiento frente a situaciones críticas de orden económico, administrativo, contable o jurídico, remover los administradores de la empresa, o incluso, convocar a un proceso de insolvencia ante la Superintendencia de Sociedades.