Fuente: Fedetur Chile

El Ministerio de Salud de Chile anunció la implementación de un sistema para resguardar las salidas e ingresos al país, durante la contingencia sanitaria. Se trata de un plan al que han llamado «Fronteras Protegidas».

La Vicepresidenta Ejecutiva de Fedetur, Helen Kouyoumdjian, en conversación con medios de comunicación chilenos, expuso la posición del sector turístico de ese país sudamericano, frente a los anuncios hechos por el Ministerio de Salud respecto a la implementación de esta nueva estrategia «que, a pesar de flexibilizar la salida de residentes en Chile, continúa presentando requerimientos más estrictos para el ingreso de extranjeros al país».

Kouyoumdjian manifestó que en lugar de beneficiar a la industria turística nacional, las medidas dadas a conocer, «continúan afectando a un sector que ha sido gravemente golpeado por la pandemia».

Por lo extenso y detallado de este nuevo plan, existe una aplicación para quienes deseen viajar desde o hacia Chile, o desplazarse dentro de esa nación en el siguiente link: www.puedoir.cl

A continuación se presenta el documento oficial del plan «Fronteras Protegidas», con toda la información detallada.

Plan «Fronteras Protegidas» del Ministerio de Salud de Chile

En el desarrollo de una pandemia, es natural la aparición de nuevas variantes, y por eso la
OMS impulsa la investigación y el monitoreo permanente de ellas, sobre todo las que se
definen como Variantes de Preocupación (VOC).

En Chile, se detectó el primer caso sospechoso de la variante Alpha de SARS-CoV-2 en
diciembre del 2020, y fue detectada gracias a la estrategia de Búsqueda Activa en el Aeropuerto Internacional, ya que se debía a un caso importado desde el extranjero. De la
misma manera, en enero de este año se identificó la primera importación de la variante
Gamma (P.1), en abril el primer caso con variante Beta (B.1.351), y en julio el primer caso
de variante Delta, que es la variante de Preocupación (VOC) con mayor circulación en el
mundo en este momento.

Las variantes del virus seguirán circulando y podrán aparecer nuevas en distintos países,
y es por eso que la vigilancia de fronteras es una más de las estrategias para el control de
la pandemia. Durante las últimas semanas hemos visto una positiva evolución de la pandemia en nuestro país, con una disminución de casos y el aumento de personas que
tienen las dos dosis de la vacuna, lo que nos permite tener mayores libertades y mayor
movilidad. Sin embargo, para mantener esta situación favorable, es importante continuar
con todas las medidas de contención.

Dicho lo anterior, por la importancia de la vigilancia de las fronteras, desde el inicio de la
pandemia se han tomado distintas medidas y restricciones para la salida y entrada a Chile.
Actualmente se realiza una exhaustiva fiscalización y vigilancia de las mismas, y controles
en los pasos fronterizos. Se testea a quienes ingresan, se hace seguimiento de las condiciones de salud de los viajeros, y se les exige un aislamiento estricto, y se sanciona a aquellos que no han cumplido con las exigencias.

Este documento presenta la norma de control de las fronteras que regirá a partir del 26
de julio de 2021, en cuanto a la posibilidad de salir del país y a las condiciones en que el
viajero que entra al país debe completar el aislamiento estricto y obligatorio de 10 días.
Sin embargo, es muy importante tener presente que, a pesar de la vacuna y la positiva
evolución de la pandemia en el país, debemos seguir cuidándonos dentro del país, y proteger al país cuidándonos también fuera de Chile y cumpliendo el aislamiento al llegar a
Chile.

¿Quién puede salir de Chile?

i. Chilenos y extranjeros residentes en Chile, con:
• Pase de movilidad habilitado. No incluye a menores de edad sin pase de movilidad. (Solo por Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez)
• ó Permiso excepcional para salida del país, obtenido en comisaría virtual y
aprobado. Para la obtención de éste existen cuatro causales:
– Carácter humanitario
– Gestiones esenciales para la salud del viajero
– Gestiones fundamentales para la adecuada marcha del país
– Residir en el exterior

ii. Extranjeros no residentes en Chile que salen del país con su pasaporte del país de
origen
*El pase de movilidad o el permiso de comisaría virtual, será requerido en el control de policía
internacional.

PLAN FRONTERAS PROTEGIDAS

I. Introducción

En el desarrollo de una pandemia, es natural la aparición de nuevas variantes, y por eso la
OMS impulsa la investigación y el monitoreo permanente de ellas, sobre todo las que se
definen como Variantes de Preocupación (VOC).

En Chile, se detectó el primer caso sospechoso de la variante Alpha de SARS-CoV-2 en
diciembre del 2020, y fue detectada gracias a la estrategia de Búsqueda Activa en el Aeropuerto Internacional, ya que se debía a un caso importado desde el extranjero. De la
misma manera, en enero de este año se identificó la primera importación de la variante
Gamma (P.1), en abril el primer caso con variante Beta (B.1.351), y en julio el primer caso
de variante Delta, que es la variante de Preocupación (VOC) con mayor circulación en el
mundo en este momento.

Las variantes del virus seguirán circulando y podrán aparecer nuevas en distintos países,
y es por eso que la vigilancia de fronteras es una más de las estrategias para el control de
la pandemia. Durante las últimas semanas hemos visto una positiva evolución de la pandemia en nuestro país, con una disminución de casos y el aumento de personas que
tienen las dos dosis de la vacuna, lo que nos permite tener mayores libertades y mayor
movilidad. Sin embargo, para mantener esta situación favorable, es importante continuar
con todas las medidas de contención.

Dicho lo anterior, por la importancia de la vigilancia de las fronteras, desde el inicio de la
pandemia se han tomado distintas medidas y restricciones para la salida y entrada a Chile.
Actualmente se realiza una exhaustiva fiscalización y vigilancia de las mismas, y controles
en los pasos fronterizos. Se testea a quienes ingresan, se hace seguimiento de las condiciones de salud de los viajeros, y se les exige un aislamiento estricto, y se sanciona a aquellos que no han cumplido con las exigencias.

Este documento presenta la norma de control de las fronteras que regirá a partir del 26
de julio de 2021, en cuanto a la posibilidad de salir del país y a las condiciones en que el
viajero que entra al país debe completar el aislamiento estricto y obligatorio de 10 días.
Sin embargo, es muy importante tener presente que, a pesar de la vacuna y la positiva
evolución de la pandemia en el país, debemos seguir cuidándonos dentro del país, y proteger al país cuidándonos también fuera de Chile y cumpliendo el aislamiento al llegar a
Chile.

II. Requisitos y Medidas al entrar a Chile

¿Quién puede entrar a Chile?
i. Chilenos y extranjeros residentes en Chile

ii. Extranjeros no residentes en Chile (solo excepciones):

– Salvoconducto del consulado de origen.
– Decreto 102 del Ministerio del Interior

Requisitos de Ingreso a Chile

1. Declaración Jurada: El viajero debe completar el formulario “Declaración Jurada de
Viajeros” de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque. En este formulario entregará información de contacto, antecedentes de salud y de su viaje, y además
acepta las condiciones de ingreso. Está disponible en www.c19.cl, y será requerido por
la aerolínea al embarcar, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país.

2. Test PCR: El viajero debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros un resultado
negativo de un test PCR para SARS-CoV-2. Este resultado negativo del test no podrá
tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de
salida del último vuelo con destino final Chile en caso de entrar vía aérea. En caso de
ingresar vía terrestre, no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma
de muestra hasta la entrada a Chile. Será requerido por la aerolínea al embarcar, y
por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito.

¿Quién puede salir de Chile?

i. Chilenos y extranjeros residentes en Chile, con:

• Pase de movilidad habilitado. No incluye a menores de edad sin pase de movilidad. (Solo por Aeropuerto Arturo Merino Benítez)

• ó Permiso excepcional para salida del país, obtenido en comisaría virtual y
aprobado. Para la obtención de éste existen cuatro causales:

– Carácter humanitario
– Gestiones esenciales para la salud del viajero
– Gestiones fundamentales para la adecuada marcha del país
– Residir en el exterior

ii. Extranjeros no residentes en Chile que salen del país con su pasaporte del país de
origen

*El pase de movilidad o el permiso de comisaría virtual será requerido en el control de policía
internacional.

3. Seguro médico de viaje: este requisito es solo para los extranjeros no residentes en
el país, que sólo ingresarán por motivos excepcionales o con salvoconducto entregado
por el consulado. El viajero debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros un certificado de un seguro médico que cubra los gastos que pudieran ocasionar la asistencia
médica, atención hospitalaria y repatriación, durante toda su estancia en el país,
incluida la cobertura de cualquier gasto originado por Covid-19. El monto mínimo de
cobertura para las prestaciones de salud deberá ser de USD$30.000 El certificado del
seguro se deberá adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros previo al ingreso al país.
Medidas sanitarias al ingresar a Chile

4. 10 días de aislamiento estricto obligatorio

a. En domicilio

¿Quién puede hacer el aislamiento en domicilio?

→ Personas con pase de movilidad habilitado en el momento de su ingreso al
país.

→ Familias que viajan con menores de edad, debe ser en un mismo domicilio
para todo el grupo familiar.

Requisitos:

→ Todos los cohabitantes que se encuentren en el domicilio declarado para realizar el aislamiento, también deberán realizar el mismo aislamiento de 10 días,
es decir no puede entrar ni salir nadie del domicilio durante ese periodo.

→ Deberán llegar al domicilio declarado en transporte privado en un máximo de
5 horas y de forma directa desde el ingreso al país. No se podrán utilizar
medios de transporte públicos colectivos incluido tren, buses y aviones. Se permite el traslado en transporte público menor (taxis) o el uso de las compañías
de transfer privados que trabajan en AMB, bajo estricto protocolo sanitario. En
este caso, solo se puede compartir vehículo con el mismo grupo con el que se
viajó.

→ La información del lugar de aislamiento y los cohabitantes del domicilio deberá
ser ingresada en la Declaración Jurada del Viajero previo al ingreso al país,
disponible en www.c19.cl

b. En hotel de tránsito

¿Quién hará el aislamiento en hotel de tránsito?

→ Obligatorio para mayores de edad que no tengan pase de movilidad habilitado
al momento de su ingreso al país.
→ Personas con pase de movilidad que no tengan un domicilio a declarar al que
puedan llegar en menos de 5 horas y en transporte privado.

Requisitos

→ El costo de los 10 días de aislamiento en hotel de tránsito es responsabilidad
de la persona (incluido personas que salieron del país antes del 28 de marzo).
→ La información de la reserva deberá ser ingresada en la Declaración Jurada del
Viajero previo al ingreso al país, disponible en www.c19.cl.
→ En pasos fronterizos aéreos, el traslado desde el punto de ingreso al hotel de
tránsito será realizado por la Seremi de Salud.
→ Advertencia: el pase de movilidad solo está disponible para quienes han sido
vacunados en Chile, por lo que quienes han sido vacunados en el extranjero no
pueden optar al aislamiento en domicilio, sino que deben realizarlo en un hotel
de tránsito.

A considerar: el aislamiento de viajero es más estricto que la cuarentena territorial. Es
equivalente a la que realizan los casos positivos y contactos estrechos (pero sin licencia
médica). Esto quiere decir que, durante su aislamiento, el viajero y sus cohabitantes NO
pueden:

→ Abandonar el domicilio
→ Abandonar la habitación en caso de cumplir el aislamiento en un hotel de tránsito, o abandonar dicho hotel.
→ Recibir visitas
→ Utilizar la franja horaria deportiva Elige Vivir Sano
→ Salir a pasear mascotas
→ Salir a trabajar
→ Asistir a establecimientos educacionales
→ Usar el transporte público
→ Usar permisos de Comisaría Virtual, Pasaporte Sanitario o pase de movilidad

5. Seguimiento de Viajeros por 14 días

a. Auto reporte:

Toda persona que ingrese al país deberá completar durante 14 días un formulario de
reporte de síntomas. A su llegada, recibirá un correo para hacer el registro en la plataforma oficial, lugar donde, diariamente, deberá completar una encuesta de estado de salud
y ubicación. Cada día el viajero recibirá un correo electrónico por parte de la autoridad
sanitaria con el recordatorio para contestar su autoreporte.

Aquella persona que presente síntomas de coronavirus, deberá permanecer en aislamiento, reportar sus síntomas en el formulario que recibirá en su correo electrónico y
esperar el contacto de la autoridad sanitaria.

En el caso que los síntomas sean fiebre mayor a 37,8ºC , pérdida brusca de olfato o pérdida brusca del gusto, el viajero deberá acudir a un centro asistencial a la brevedad, haciendo uso de su mascarilla y evitando utilizar el transporte público, cumpliendo con todas las
medidas sanitarias que sean pertinentes. Ante dudas llame a Salud Responde al
600 360 7777.

b. Testeo

El viajero podrá ser sometido a varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo
punto de entrada al país o en cualquiera de los 14 días siguientes. Los test de diagnóstico
pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.

c. Fiscalización

Los viajeros que estén cumpliendo aislamiento obligatorio serán fiscalizados presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de este, en cualquier día y hora mientras dure el aislamiento.

El fiscalizador verificará que se encuentren en el domicilio todos
lo cohabitantes declarados en la Declaración Jurada del Viajero, y que en el domicilio no
haya otras personas no declaradas.

En caso de incumplir con cualquiera de las medidas anteriores, el viajero será sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, en el Código Penal y en la ley Nº
20.393, según corresponda. El monto de la multa aplicada del sumario sanitario por
infracciones a la normativa vigente puede llegar hasta 1000 UTM ($50.000.000.-).

Además del sumario sanitario se bloqueará el pase de movilidad a todo viajero o cohabitante que no cumpla con las medidas sanitarias vigentes.

d. Aislamiento en residencia sanitaria para casos positivos:

Los viajeros que resulten positivos en alguno de los test realizados en el periodo de seguimiento de viajeros de 14 días, y sus contactos estrechos, deberán realizar el asilamiento
obligatoriamente en residencia sanitaria por el tiempo que la autoridad sanitaria estime
conveniente. Incluye menores de edad.

Es importante que tengas claro que estas medidas están en constante evaluación
por lo que pueden ser modificadas según el escenario epidemiológico y será responsabilidad de la persona dar cumplimiento a la normativa sanitaria vigente al
momento de su ingreso al país.