Fuente: ANAC Brasil

  • El estándar presenta reglas para usar un examinador acreditado de otro titular de certificado

En otra acción alineada con el Programa de Vuelo Simple y las mejores prácticas de Regulación Responsiva, la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) publicó hace unos días, la Ordenanza n⁰ 9.081/SPO (haga clic en el enlace para acceder), que prevé el uso de un examinador acreditado de otro titular de certificado que opera bajo el Reglamento Brasileño de Aviación Civil (RBAC) No. 135. La medida busca realizar exámenes prácticos de miembros de la tripulación. En otras palabras, se autoriza a las empresas certificadas como taxi aéreo, según el RBAC nº 135, a realizar exámenes por un examinador acreditado de un operador con certificación equivalente, siempre que sigan ciertas reglas.

Antes de la publicación de la norma, el operador regido por el RBAC nº 135 necesitaba acreditar un examinador propio para realizar sus exámenes o solicitar un examinador de la ANAC. Cuando había una necesidad urgente, el operador solicitaba a la ANAC una autorización específica para utilizar el examinador acreditado 135 de otro operador en un examen determinado.

La Ordenanza 9.081/SPO autoriza previamente a las empresas certificadas de acuerdo con el RBAC nº 135 a realizar exámenes iniciales, periódicos, de vuelo por instrumentos y en ruta por un examinador acreditado de un operador con certificación equivalente. Sin embargo, se deben observar las reglas establecidas en la norma, como la obligación de la empresa de mantener el personal técnico adecuado para realizar la capacitación y además el examinador debe tener calificaciones y acreditaciones válidas.

El cambio agiliza y simplifica la ejecución de actividades relacionadas al garantizar la competencia técnica de los pilotos, reducir la carga burocrática y promover un entorno operativo más seguro para la aviación brasileña.