Fuente: DGAC Ecuador

Ante la situación que atraviesa actualmente el Ecuador, la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) dispuso a los operadores aeroportuarios que apliquen las medidas de seguridad de la aviación fortaleciendo los controles de acceso a las instalaciones aeroportuarias, áreas públicas y alrededores de las mismas, con el fin de precautelar la seguridad del personal aeronáutico, aeronaves y pasajeros.

Las medidas de seguridad que rigen en los 22 aeropuertos son conforme a lo que señala el Anexo R del Programa Nacional de Manejo de Crisis de Seguridad de la Aviación Civil y deben ser entregadas al personal de seguridad que cumpla la función.

Además, la Máxima Autoridad de Aviación Civil efectuó las coordinaciones correspondientes con las instituciones del Estado, Policía Nacional y Fuerzas Armadas, encargadas de colaborar con el mantenimiento de la paz y de la seguridad, así como la defensa de la soberanía e integridad territorial, respectivamente, para que las instalaciones aeroportuarias y ayudas a la navegación aérea de la aviación civil no se vean afectadas.

Estas acciones son indispensables puesto que los hechos que están sucediendo en el territorio nacional configuran una situación de gravedad tal que superan a los mecanismos de control ordinario, y comprometen los derechos de las personas.

Circulación desde o hacia los aeropuertos

Durante el Estado de Excepción las personas podrán movilizarse hacia y desde el aeropuerto portando el pasaporte o documento de identidad y el pase de abordar (Tarjeta de embarque) o reserva de vuelo del viajero.

Las personas que acceden, trabajan o cumplen funciones  podrán movilizarse hacia y desde el aeropuerto, o instalaciones aeroportuarias, portando su credencial o tarjeta de circulación aeroportuaria otorgada por el Operador de Aeropuerto o de la Dirección General de Aviación Civil.

La DGAC solicita a la industria aeronáutica  y a la ciudadanía a mantenerse informada a  través de  nuestros canales oficiales de comunicación.